12 jul 2019

Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que declara con carácter vinculante que, en el procedimiento especial de responsabilidad penal del adolescente, se permite la aplicación del criterio establecido por esta Sala en la sentencia N° 0902/2018 del 14 de diciembre (caso: Jesús Gabriel Lombardi Boscán), que faculta a la víctima –directa o indirecta–, en los supuestos ahí señalados, el ejercicio de la acción penal con prescindencia del Ministerio Público, en cuanto sea compatible

SENTENCIA: 0141 del 18 de junio de 2019, recaída en el EXPEDIENTE: 17-0627

Procedimiento: Acción de Amparo contra sentencia

Partes: EDGAR CISNEROS y HEMERSSON MATUTE, Fiscales Provisorio y Auxiliar Interino, respectivamente, de la Fiscalía Centésima Décima Primera del Área Metropolitana de Caracas con competencia en el Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes.

Decisión: Se ADMITE DE MERO DERECHO, PROCEDENTE IN LIMINE LITIS, ANULA, REPONE LA CAUSA y declara CON CARÁCTER VINCULANTE que, la doctrina que permite a la víctima -directa o indirecta- en los supuestos ahí señalados, el ejercicio de la acción penal con prescindencia del Ministerio Público, también se aplica en el procedimiento especial de responsabilidad penal del adolescente, en cuanto sea compatible. ORDENA la publicación en la Gaceta Oficial de la República, así como en la Gaceta Judicial.

 http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/junio/305584-0141-18619-2019-17-0627.HTML

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