Máxima: “En
relación con la denuncia sobre la falta de pronunciamiento en cuanto a la
autoría intelectual del acusado y la relación de causalidad existente, esta
Sala comparte el criterio sostenido por la primera instancia constitucional, en
cuanto a que dichos planteamientos deben debatirse durante el juicio oral y
público, por ello, el juez en funciones de control no es competente para
realizar algún pronunciamiento”.
"Esa es la actitud: Enterar a nuestros lectores con la virtud del conocimiento".
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30 oct 2013
Incompetencia del juez de control para pronunciarse sobre el grado de participación y la relación de causalidad
El juez de control no es
competente para pronunciarse sobre el grado de participación o la relación de causalidad,
pues se trata de asuntos que deben ser dilucidados en el debate.
Ver extracto en: http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/agosto/1178-9813-2013-12-1230.HTML
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