13 sept 2017

Admitida accion de nulidad en contra del “Efecto Suspensivo del Recurso de Apelación”.

SALA CONSTITUCIONAL
Magistrado Ponente: CALIXTO ORTEGA RIOS
Exp. 16-0952

El 29 de noviembre de 2016, comparecieron ante esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia los abogados ROGER JOSÉ LÓPEZ MENDOZA y ZDENKO SELIGO, titulares de las Cédulas de Identidad Núms. 7.925.828 y 10.788.701, respectivamente e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los núms. 104.834 y 65.648, en su orden, actuando en nombre propio e interpusieron demanda de nulidad por inconstitucionalidad contra los artículos 374 y 430 del Código Orgánico Procesal Penal, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.078 del 15 de junio de 2012, por considerarlo violatorio de los artículos 2, 3, 26, 44, 49, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

El 29 de noviembre de 2016, se dio cuenta del escrito en Sala y se designó ponente al Magistrado doctor CALIXTO ORTEGA RIOS, quien, con tal carácter, suscribe la presente decisión.

El 24 de febrero de 2017, se reconstituyó esta Sala Constitucional quedando integrada de la siguiente forma: Magistrado Juan José Mendoza Jover, Presidente; Magistrado Arcadio Delgado Rosales, Vicepresidente; y los Magistrados y Magistradas Carmen Zuleta de Merchán, Gladys María Gutiérrez Alvarado, Calixto Ortega Rios, Luis Fernando Damiani Bustillos y Lourdes Benicia Suárez Anderson.

Efectuado el análisis del caso, esta Sala para decidir, pasa a hacer las siguientes consideraciones:

El cumplimiento del acuerdo reparatorio extinguirá la acción penal respecto del imputado o imputada que hubiere intervenido en el y no en beneficio de quienes se encuentren evadidos del proceso.

Ahora bien, La Sala Constitucional en sentencia N° 233 de fecha 13 de abril de 2010, dejó sentado lo siguiente: “…En efecto, en el proceso p...